Bebé pobre, bebé rico
(las injustas deducciones fiscales)
Cualquier
sociedad que ansíe alcanzar un estatus elevado de justicia social deberá
comprender, defender e impulsar un sencillo axioma recogido como artículo 1 de
la Declaración Universal de los Derechos Humanos que dice; “Todos los seres humanos nacen libres e iguales en
dignidad y derechos y, dotados como están de razón y conciencia, deben
comportarse fraternalmente los unos con los otros”. Sin embargo, entre el quiero y no puedo, o simplemente el
no quiero, los DDHH son anulados e ignorados incluso por aquellos que en su día
los firmaron. Y es que, en este inhumano Sistema en el que vivimos el
cumplimiento de estos derechos es, sencillamente, inasumible.
Para
ejemplarizar lo anterior voy a utilizar en este post un asunto que podrán
llamar menor, e incluso habrá quien diga que poco tiene que ver con los DDHH;
la fiscalidad, y más concretamente, las medidas fiscales para el apoyo a las familias (1). Medidas
que tienen como finalidad ayudar a las
familias con hij@s mediante desgravaciones fiscales. Y utilizo este ejemplo
en concreto sencillamente para mostrar cómo, ya desde el momento en que
nacemos, nuestros derechos estarán marcados por la cuna y no por el hecho de
ser persona.
Si bien
estas medidas fiscales nacen con la vitola de Universales, y por tanto, se
presuponen accesibles a toda la población que tenga hijos a su cargo, el mero
hecho de que se traten de deducciones en el IRPF ya deja fuera de este derecho
a todas aquellas personas que sobreviven con pensiones no contributivas, a
quienes no tienen ingresos, o a quienes se encuentran en exclusión social.
Hablamos por tanto de más de 10.000
personas en Araba que no se pueden beneficiar de dichas deducciones.
Por otro
lado, estas deducciones que sobre el papel son iguales para todas las personas
beneficiarias, al tratarse de un porcentaje deducible por hij@, se convierte en
realidad en una forma de baremar el valor que el mercado otorga a un/a niño/a
en virtud a la cuna en la que nace. Algo que podemos comprobar fácilmente con
las siguientes tablas, la primera (verde) está calculada con las deducciones
actuales, la segunda (roja) con las modificaciones propuestas por Javier de
Andrés para Araba;
1hijo
|
2hijos
|
3hijos
|
4hijos
|
5hijos
|
|
13.000€
|
-390€
|
-390€
|
-390€
|
-390€
|
-390€
|
68.500€
|
-585€
|
-1309€
|
-2535€
|
-3980€
|
-5868€
|
1 hijo
|
2hijos
|
3hijos
|
4hijos
|
5hijos
|
|
13.000€
|
-390€
|
-390€
|
-390€
|
-390€
|
-390€
|
68.500€
|
-626€
|
-1400€
|
-2788€
|
-4457€
|
-6572€
|
Cómo
podemos observar, el primer caso, el de una familia cuyos ingresos son de
13.000 € anuales, unos 900€ al mes, la deducción por hijos es siempre la misma,
390€. Esto se debe a que nunca se puede desgravar mayor cantidad que la
retenida, y en su caso, la retención correspondiente a ese salario es del 3%.
Sin embargo, por contra, en el segundo caso, que sería aplicable por ejemplo a
Arantza Quiroga, ya que esos 68.500€ son el salario de un parlamentario vasco,
la cantidad varía de los 585€ del primer hijo, a los 5868€ del quinto. Estas
cantidades se ven aumentadas por la reforma propuesta por el Sr. De Andrés,
mientras en el primer caso no sufren variación.
Con
estos datos (totalmente contrastables) podemos llegar a una sencilla
conclusión; en el caso de una familia que sobreviva con 13.000€ anuales y con 5
hij@s a su cargo, el valor que esta Diputación otorga a sus hij@s es de 78€ frente a los hij@s de Arantza
Quiroga que estarían valorados en 1315€.
¿Dónde queda por tanto el Art. 1 de la Declaración de los DDHH? ¿Dónde la
tan cacareada igualdad?
¿Ayudas
a la familia? Sí, pero desde luego no con este modelo.
(1) Hay
que aclarar que para la elaboración de este artículo hemos tomado la definición
de familia que se utiliza como normativa, (padre, madre e hijos) aunque no
compartamos dicha definición única y granítica.
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